El cambio alcanzará a los 11 ayuntamientos de Quintana Roo en la próxima elección. Los partidos tendrán que cuidar el orden de sus listas porque esos nombres, y no la persona que encabezó la planilla, serán los primeros en entrar al Cabildo por representación proporcional.
El Pleno de la Suprema Corte validó el artículo 383 de la ley electoral estatal y rechazó la impugnación presentada por el PRI. La resolución mantiene la reforma aprobada por el Congreso de Quintana Roo en mayo.
La derrota ya no trae una regiduría
Hasta ahora, cuando una planilla perdía la presidencia municipal pero alcanzaba regidurías plurinominales, la primera posición correspondía a quien había competido por la alcaldía. Ese paso automático desaparece.
A partir del proceso de 2027, la asignación comenzará con la primera persona registrada específicamente como candidata a regidora. Si falta, entrará su suplente; si ninguna puede asumir, se seguirá el orden de la lista.
Qué decidió la Corte
La sentencia establece que el voto de representación proporcional se emite a favor del partido y no crea un derecho individual para que la candidatura derrotada a la presidencia municipal obtenga un asiento en el Cabildo.
La fórmula para repartir regidurías, el porcentaje mínimo de votación y el número de espacios disponibles no cambian. La modificación se limita al orden de las personas que pueden ocuparlos.
Las listas ganan peso
El efecto político será visible desde el registro de candidaturas: quienes encabecen las listas de regidurías tendrán una ruta directa al Cabildo si su partido obtiene representación, mientras las figuras postuladas a la alcaldía necesitarán ganar para ocupar la presidencia municipal.
La acción de inconstitucionalidad 72/2026 fue resuelta por el Pleno el 24 de agosto. El comunicado de la Corte resume el fallo; la sentencia es la versión jurídica definitiva.
